Si gestionas campañas o miras estadísticas, habrás oído hablar del «modo de consentimiento»: un mecanismo por el que tu web comunica a las herramientas de medición y publicidad qué ha aceptado el visitante, en lugar de simplemente cargarlas o no cargarlas.
Se suele presentar como un asunto de marketing. Tiene, además, una lectura de cumplimiento que conviene entender antes de tocar nada.
Qué cambia respecto al banner clásico
El planteamiento tradicional es binario: si el visitante acepta, se cargan los scripts de medición; si no, no se cargan y no sabes nada de esa visita.
Con el modo de consentimiento, los scripts se cargan siempre, pero en un estado restringido: mientras no haya consentimiento no se escriben cookies de publicidad ni se identifican usuarios, y solo se envían señales básicas y anónimas con las que la herramienta modela estimaciones.
| Banner clásico | Modo de consentimiento | |
|---|---|---|
| Si el visitante rechaza | No se carga nada | Se carga sin cookies, con señales limitadas |
| Datos que obtienes | Solo de quien acepta | De quien acepta, más estimaciones del resto |
| Complejidad de montaje | Baja | Media: hay que enlazar banner y etiquetas |
| Riesgo si se monta mal | Bajo | Alto: puedes acabar midiendo sin consentimiento |
El punto que importa para el cumplimiento
La normativa española de cookies no cambia por esto. Sigue vigente lo mismo:
- Las cookies no necesarias no se instalan antes del consentimiento.
- Rechazar tiene que ser tan fácil como aceptar: si hay botón de aceptar, hay botón de rechazar, en el mismo nivel.
- Seguir navegando no es consentimiento.
- El consentimiento debe poder revocarse con la misma facilidad con la que se dio.
- Hay que informar antes, de forma clara, y llevar registro de lo consentido.
El modo de consentimiento es una forma técnica de respetar esas reglas sin quedarte completamente a ciegas. No es una excusa para saltárselas. Los criterios concretos del banner están en cómo poner el banner conforme a la guía de la AEPD.
El error que convierte esto en un problema: implantar el modo de consentimiento en su versión más permisiva y dejar que se sigan escribiendo cookies de medición antes de la aceptación. Compruébalo tú mismo con el método de cómo auditar las cookies de tu web: si aparecen cookies de analítica antes de pulsar nada, está mal montado.
Cómo montarlo bien
- Audita primero. No puedes gestionar consentimiento de lo que no sabes que existe.
- Clasifica cada cookie y script en necesarios, analítica, personalización y publicidad. Solo el primer grupo puede ir sin consentimiento.
- Elige una plataforma de consentimiento que se integre con tus etiquetas y guarde el registro de lo que acepta cada visitante, con fecha.
- Conecta banner y etiquetas: el banner debe emitir la señal, y las etiquetas respetarla. Es el paso que más veces se queda a medias.
- Verifica en ventana privada, antes y después de aceptar, y otra vez tras rechazar.
- Documenta la configuración y guarda capturas: forma parte de poder demostrar el cumplimiento.
¿Y si prefieres no complicarte?
Es una opción perfectamente legítima, y para muchas webs de empresa es la mejor:
- Analítica sin cookies ni identificadores persistentes: te da tendencias suficientes para decidir, y en muchos casos evita el banner por completo.
- Sin píxeles publicitarios si no haces campañas de remarketing.
- Sin servicios de terceros incrustados que no aporten nada.
Menos herramientas significa menos consentimiento que gestionar, menos información en la política de cookies, una web más rápida y menos superficie de terceros ejecutando código en tus páginas. La comparación completa para el caso de la analítica está en Google Analytics 4 y RGPD en España.
Lo que deberías comprobar hoy
- ¿Hay botón de rechazar al mismo nivel que el de aceptar?
- ¿Se escriben cookies de medición antes de aceptar?
- ¿Puede un visitante cambiar de opinión después, con un enlace visible?
- ¿Guardas prueba del consentimiento, con fecha y opciones elegidas?
- ¿La política de cookies coincide con lo que la web hace de verdad?
Cinco preguntas, diez minutos. Si alguna respuesta es «no», eso es más urgente que cualquier afinado de la medición, y va antes que instalar nada nuevo. El resto de textos que tu web debe llevar, en textos legales obligatorios; y la consulta oficial, en la web de la Agencia.
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